La FAHH entiende que LA ACTUAL REPRESENTACIÓN NACIONAL DE HOCKEY SOBRE HIELO, ESTÁ SIENDO EJERCIDA DE MANERA ILEGAL E ILEGÍTIMA POR LA AAHHL. Esto es debido a que esa entidad no posee la jerarquía de FEDERACIÓN. De acuerdo a las leyes vigentes a nivel nacional en materia deportiva desde el año 1974 (Ley Nacional del Deporte), la representación nacional de una disciplina deportiva debe ser ejercida por una FEDERACIÓN DEPORTIVA NACIONAL. Debido a que la AAHHL es una asociación civil de primer grado fundada por individuos, su estructura se encuadra dentro de lo que la LEY DEL DEPORTE describe como ASOCIACIONES DE BASE O CLUBES.
Uno de los argumentos que se esgrime para justificar que la AAHHL ejerza dicha representación nacional, es su afiliación al COMITÉ OLÍMPICO ARGENTINO. Sin embargo, en los estatutos de dicha entidad superior también se deja en claro que es CONDICIÓN NECESARIA ser una FEDERACIÓN DEPORTIVA NACIONAL para ser admitida como afiliada, sin haber podido nunca el COA explicar de manera convincente bajo que términos o condiciones afilió a la AAHHL en el año 2004, otorgándole trato y reconocimiento de FEDERACIÓN DEPORTIVA NACIONAL.
Ante la ley, todas las entidades deportivas, independientemente de su denominación o nombre (asociación, club, unión, federación, confederación, etcétera), son “asociaciones civiles”. Lo que determina el grado de la asociación es quiénes son los que se juntan y la fundan. Si se juntan individuos, estamos ante una asociación de primer grado (ejemplo: AAHHL).
Si se juntan asociaciones de primer grado o clubes, estamos entonces ante una asociación de segundo grado (ejemplo: FAHH). Esto es fácil de reconocer, pues se desprende de la simple lectura del acta fundacional de la entidad.
A su vez, los estatutos de la asociación se ajustan a este hecho y se presentan junto con el acta de fundación ante la inspección de Justicia de la Nación para su inscripción y aprobación. Entonces una Federación es una unión de clubes y su estructura jurídica se corresponde con la de una Asociación Civil de segundo grado, en donde sus socios son otras asociaciones civiles de primer grado (o clubes). Todos los clubes afiliados a una federación participan de las asambleas con voz y voto, y poseen la capacidad de postular representantes para ocupar cargos en la Comisión Directiva de la federación. De esta manera, los clubes participan en la toma de decisiones y son ellos los que conducen el desarrollo de esa disciplina deportiva en el ámbito de la Nación. Esto es imposible de realizar en la estructura actual de la AAHHL.
Si uno ingresa a la sección de consultas de la IGJ y utiliza como palabra clave HOCKEY, el sistema muestra muchas entidades que incluyen esa palabra en su denominación, y el TIPO DE ASOCIACIÓN.
Se observa claramente que la AAHHL posee la misma clasificación (ASOCIACIÓN CIVIL) que los clubes que conforman la FAHH, y que la FAHH posee la clasificación de FEDERACIÓN.
Dentro de la Estructura del Deporte Federado, las distintas entidades desempeñan distintas funciones. Esta estructura existe desde hace más de cien años y ha demostrado ser la más adecuada. Salvando pequeñas diferencias, en todos los países del mundo las estructuras de todos los deportes presentan las mismas características. Si bien en nuestro país existen federaciones deportivas desde principios del siglo pasado, es a partir del año 1974 que se reglamenta dentro de una Ley Nacional la Estructura del Deporte Federado (Ley N 20.655).
Los clubes son los que albergan la práctica deportiva. Todo su funcionamiento está orientado a organizar y llevar adelante la práctica deportiva de una o varias disciplinas. Podría decirse que es dentro de los Clubes donde el deporte vive. Uno de los aspectos determinantes para impulsar un desarrollo deportivo es la formación de nuevos deportistas. Es precisamente en los clubes en donde se encuentran las escuelas de formación deportiva. El segundo aspecto fundamental que se encuentra dentro de los mismos, es la práctica deportiva a través de la conformación y presentación de equipos en torneos y competencias.
La función principal de una Federación es regular y ordenar la práctica deportiva, permitiéndoles a los clubes poder interactuar entre sí. Para ello, todos los clubes reconocen a la Federación como autoridad superior, delegando en la misma la organización y control de la práctica deportiva. De este modo, las federaciones organizan ligas o torneos en las que participan equipos representativos de sus afiliadas. Las federaciones reconocen clubes, y por ello no asocian individuos. No es función de una Federación formar nuevos deportistas o conformar equipos para presentar en torneos o competencias, sino asistir a los clubes para que ellos lo realicen. Los únicos equipos que conforma una Federación son los equipos de representación regional o nacional, para lo cual convoca, dirigiéndose a los clubes, a los mejores deportistas en función de su desempeño en las ligas y torneos que la Federación haya organizado.
Si una entidad de base o club ejerce la representación nacional de una disciplina deportiva y conforma equipos de representación o selecciones nacionales, los deportistas pertenecientes a otros clubes no podrían acceder a los mismos; o si lo hiciesen, no podrían hacerlo como jugadores del club al que pertenecen.
Otro grave inconveniente que se presenta si un club toma el control de un deporte a nivel nacional, es que los demás clubes quedan excluidos y sin posibilidad de ocupar cargos directivos o participar en asambleas y toma de decisiones en relación a su deporte a nivel nacional.
En estos momentos, la Asociación Argentina de Hockey sobre Hielo y en Línea AAHHL, siendo una asociación civil de primer grado, ejerce la Representación Nacional del Hockey sobre Hielo de la Argentina. El problema es que los otros clubes no tienen un lugar en esta estructura, por lo que son discriminados y excluidos. Esta situación se genera debido a que el ordenamiento jurídico y deportivo de la AAHHL está muy lejos del de una Federación, razón por la cual no posee la capacidad para llevar adelante una adecuada gestión.
Además de la AAHHL, existen otras asociaciones de primer grado o clubes que poseen actividades de Hockey sobre Hielo. Ya en el año 2006, autoridades de dos clubes que luego fundaron la FAHH (CAU y ACEMHH), propusieron a las autoridades de la AAHHL conformar una unión de clubes o FEDERACIÓN, a lo que respondieron de manera negativa. Con el correr del tiempo surgieron otros nuevos clubes. Todos estos clubes poseen escuelas y forman jugadores, y para poder participar con sus equipos en torneos, se han unido en una FEDERACIÓN DEPORTIVA: La FEDERACIÓN ARGENTINA DE HOCKEY SOBRE HIELO FAHH.
La 1° incongruencia radica en el hecho de que siendo la estructura jurídica de la AAHHL la de un CLUB, no existiendo manera alguna de que pueda incorporar a otros clubes. La única manera de relacionarse con ellos sería participando de una unión de clubes, a lo que se ha negado sistemáticamente a través de los años.
Por un lado la AAHHL, al ejercer la Representación Nacional de la disciplina, requiere jugadores formados y con cierto nivel competitivo. La manera de captar nuevos jugadores es a través de convocatorias abiertas dirigidas directamente a los jugadores. La 2° incongruencia entonces radica en el hecho de que la AAHHL reconoce la existencia de estos jugadores formados por fuera de su estructura y pretende incorporarlos en sus equipos. Sin embargo no reconoce a los clubes formadores dándoles el lugar que les corresponde. Esto sucede porque la AAHHL no posee la capacidad de afiliar clubes, pues es un club que sólo puede afiliar personas. La alternativa entonces es que los socios de los otros clubes se vuelvan socios AAHHL.
Las funciones de una Federación deportiva difieren de las de un club. Debido a ello, es que sus estructuras jurídicas también difieren: estatutos, reglamentos, asambleas, procedimientos, etc. Un buen ejemplo que deja en claro estas diferencias es la existencia de un LIBRO DE PASES. Siendo la Federación la que regula el deporte y el modo en el que los clubes se relacionan entre sí, es la Federación la que lleva adelante el “fichaje” de los deportistas pertenecientes a las entidades asociadas. Esto ha sido contemplado dentro la nueva Ley del Deporte N° 27202, ya que en el capítulo XI, dentro del artículo 41 establece: “A los fines de la presente ley, se entiende por ficha federativa al instrumento que acredita la titularidad registral que tiene una asociación civil deportiva de primer grado frente a una asociación civil deportiva de segundo grado o una asociación civil deportiva de representación nacional, respecto de un atleta, para que este participe en determinada competencia oficial, en nombre y representación de aquella entidad”. Dado que la AAHHL es una entidad de primer grado no posee la capacidad de realizar este fichaje; sólo puede registrar jugadores como socios propios, sin reconocer al club en donde ese jugador se formó.
Si embargo, la AAHHL informa a los jugadores que deberán abonar la CORRESPONDIENTE CUOTA FEDERATIVA, sin quedar en claro que es lo que un jugador paga, si su cuota social AAHHL o una licencia deportiva federativa, que según la LEY NACIONAL sólo las FEDERACIONES pueden emitir.